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Fondos sin reclamo

 
  Fondos no reclamados el Distrito Medio de Florida
 
 

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Solicitar Fondos no reclamados

Conforme al capítulo 28 del Código de los EE. UU. sección 2042, cualquier persona autorizada a reclamar fondos no reclamados puede, a petición de la corte y con previo aviso al Fiscal Federal del Distrito y con probado derecho al reclamo, obtener una orden de pago a su nombre.

Cualquier solicitud o indicación que se sospeche fraudulenta se transferirá inmediatemente al Fiscal Federal de Distrito.

Procedimientos del Tribunal de Bancarrota de Estados Unidos, Distrito Medio de Florida para obtener fondos no reclamados:

1) Se deberá completar una moción en la que se solicite la liberación de los fondos (haga clic aquí para obtener la moción).
Requisitos para obtener la moción:
• Especifique el nombre y número de caso del deudor.
• Especifique el nombre del estado, dirección y número de teléfono del demandante y explique el derecho que tiene el demandante sobre los fondos no reclamados.
• Especifique los cuatro últimos dígitos del número de seguro social o de identificación de impuestos del demandante.
• Si quien completa la moción es la persona a la que se le adeudan los fondos no reclamados, se debe adjuntar una copia de la licencia de conducir.

2) Si quien completa la moción es un representante personal del demandante, se debe adjuntar un Poder legal original. En el caso de una compañía, se debe adjuntar un Poder legal corporativo firmado por un oficial corporativo, con sello corporativo y una declaración de la autoridad de dicho oficial, así como también documentos que establezcan la cadena de propiedad del demandante corporativo original.

3) Si quien completa la moción es un representante personal del demandante, se debe adjuntar una declaración jurada en la que se especifique el conocimiento de los requisitos legales estatales para ser representante personal.

4) Si quien completa la moción ha comprado o le ha sido asignado el reclamo, o ha comprado los activos de los fondos no reclamados de la compañía a los que originalmente tenía derecho, se debe adjuntar la documentación que evidencie la transferencia de la demanda o prueba de la compra/venta de los activos.

5) Si quien completa la moción es un representante de un propietario de reclamo fallecido, se deben adjuntar copias certificadas de todos los documentos sucesorios que validen el derecho del respresentante a actuar en representación de la propiedad del fallecido.

Una copia certificada del certificado de defunción del fallecido debe acompañar la moción.

6) Se debe completar una constancia de notificación en la que conste esa notificación al Fiscal Federal del Distrito y a la atencion de: Civil Procedures Clerk, 400 N. Tampa St., Suite 3200, Tampa, FL 33602.

7) Se debe enviar una propuesta de una orden de pago de los fondos no reclamados. La orden debe indicar que el pago se debe hacer al demandante y debe enviarse por correo al abogado del demandante, si se aplica, o al demandante. En la orden debe especificarse la dirección a la que debe enviarse el cheque por correo y la suma del reclamo. Haga clic aquí para acceder a la Orden para la Moción del Pago de Fondos No Reclamados.

 

 

Exención de responsabilidad: El personal del Tribunal de Bancarrota no puede brindale asesoramiento legal. Comuníquese con un abogado para proteger sus derechos.